Ssa celebra fallo de la Corte a favor de etiquetado frontal en alimentos y bebidas
La institución señaló que con esta medida se reconoce el derecho de la población a tomar decisiones informadas respecto a la compra e ingesta de productos ultraprocesados.
La Secretaría de Salud señaló que el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que determinó la constitucionalidad de las disposiciones sobre el etiquetado frontal de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas, “reconoce el derecho de la población a tomar decisiones informadas respecto a la compra e ingesta de productos ultraprocesados”.
En un comunicado, la dependencia federal también expresó su beneplácito por esta decisión, a través de la cual, la SCJN negó los amparos a dos empresas inconformes con el etiquetado frontal de alimentos y bebidas.
Y determinó, entre otros aspectos, que las disposiciones de la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010 no violan los principios de igualdad, no discriminación y equidad. Y tampoco favorecen a otros sectores, industrias y productos del comercio, en perjuicio de dichas empresas.
La secretaría de salud reiteró que el etiquetado frontal de advertencia es una medida proporcional “que cumple un fin constitucionalmente válido. El derecho a la información, alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, así como a la protección de la salud”, como reconocieron las y los ministros de la SCJN.
