El 1 de junio no se paga doble, por que no se considera obligatorio
De acuerdo con la STPS, el próximo 1 de junio no se considera un día de descanso obligatorio, es decir, no es un día que el empleador esté obligado a otorgar a los trabajadores.
Además, si trabajas en cualquier entidad federativa, con excepción de Durango y Veracruz, entonces tienes derecho a recibir tu pago ordinario más la prima dominical correspondiente, este último concepto se supone que es la cantidad adicional al salario que las empresas debe de pagar por trabajar los días domingo, esta corresponde al 25 por ciento de tu salario.
La STPS aclara que los trabajadores pueden tener un permiso para ir a votar, sin descuentos en su pago o sanciones, como podría ser recuperar el tiempo invertido para emitir el sufragio.
