Deudores alimentarios y agresores de mujeres ya no podrán ocupar cargos públicos

La denominada Ley 3 de 3 fue publicada, con lo que los agresores de mujeres y deudores de pensiones alimentarias no podrán ser funcionarios.

El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó este lunes la llamada Ley 3 de 3 contra agresores de mujeres y deudores del pago de pensiones alimentarias, la cual impide a personas en esta situación acceder a cargos públicos y de elección popular.

“En esos supuestos, la persona no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para algún empleo, cargo o comisión en el servicio público”, precisó la Cámara de Diputados.

La ley, que entra en vigor mañana martes, establece ahora la suspensión de derechos a los violentadores de mujeres y deudores alimentarios.

Esta legislación aplicará a cualquier persona que tenga una sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal, la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual, la violencia familiar, la violencia familiar equiparada o doméstica, la violación a la intimidad sexual, o la violencia política contra las mujeres en razón de género en cualquiera de sus modalidades.

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